Los escaños se reparten, por regla general, en proporción con las cifras de población de cada país.
Sin embargo, el número no refleja exactamente el número de habitantes: Los Estados pequeños (como Malta o Luxemburgo) tienen más, los Estados grandes (sobre todo Alemania) menos diputados por habitante.
Esta regla de "proporcionalidad degresiva" pretende posibilitar el reflejo del pluralismo interior de los Estados pequeños, sin que por ello el Parlamento adquiera un tamaño exorbitante, algo que pasaría inevitablemente si los Estados grandes obtuvieran un número de diputados directamente proporcional.
El Consejo europeo celebrado en Bruselas los 12 y 13 de julio de 1976, fijó la distribución de los representantes de los Estados miembros al Parlamento europeo que iban a ser elegidos por primera vez por sufragio universal en 1979.
Cada uno de los países más grandes (Francia, Republica Federal de Alemania, Italia y el Reino Unido) tendría 81 escaños.
Para los menos grandes se fijó un número de escaños proporcional a su población pero más elevado que su porcentaje en relación con la población de la Comunidad Económica Europea de la época.
Tras la adhesión de Grecia en 1981, y de España y Portugal en 1986, se fijó el número de escaños que correspondían a estos países sobre la base de los mismos principios iniciales.
El Tratado de Niza (reformado por los Tratados de adhesión posteriores) prevé, por su parte, 736 eurodiputados, y tras el proceso de ampliación se aplica una corrección proporcional para que el número total de diputados no sufra variaciones.
En consecuencia, varios Estados renunciaron a algunos de sus escaños (España a 10; Francia, Italia y Reino Unido a 9; Países Bajos a 4; Austria y Suecia a 3; Dinamarca, Finlandia e Irlanda a 2; y Bélgica, Grecia y Portugal a 1) tras la ampliación de 2004.
El proyecto de Tratado de reforma tampoco define de forma precisa el número de diputados europeos por Estado. Pero fija, eso si, un límite máximo de escaños, de tal modo que el número de eurodiputados no podrá superar los 750. Cada país podrá tener un máximo de 96 eurodiputados y un mínimo de 6.
La redistribución detallada de los escaños debe ser regulada por una decisión del Consejo Europeo, adoptada por unanimidad, tras una propuesta del Parlamento Europeo y con su consentimiento.
La cuestión de la redistribución de los escaños se negociará al mismo tiempo que el Tratado de reforma con el riesgo que contribuya a dificultar más la adopción del Tratado.
En su sesión Plenaria del 10 de octubre de 2007, el Parlamento europeo ha debatido un proyecto de informe sobre este asunto y adoptado el día siguiente una Resolución proponiendo el nuevo reparto de los escaños.
Los Estados más poblados aceptan tener menos escaños de los que les corresponderían si fueran calculados de manera proporcional a su número de habitantes, con el fin de permitir una representación más justa de los países más pequeños. Para la elección de un diputado en un Estado miembro más poblado se requerirá un número más elevado de ciudadanos que en Estados miembros menos poblados. Pero ningún Estado menos poblado tendrá más escaños que un Estado más poblado.
Parlamentarios por país Elecciones 2009 |
En concreto, según la propuesta del Parlamento europeo, el único país que reduce su número de diputados es Alemania.
España es el país más beneficiado ya que aumenta bastante el número de sus diputados respecto a lo fijado en el Tratado de Niza: de 50 pasa a 54 diputados con un ratio población/diputado de 810 333. Polonia pasa a tener 51 en lugar de 50 (ratio de 748 176).
Italia, Francia y el Reino Unido que hasta ahora siempre habían tenido el mismo número de diputados, pasan a tener un número diferente (Francia gana dos diputados, pasando a 74, ratio: 849 811 ), el Reino Unido gana 1 (73 diputados, ratio: 827 699 ) e Italia permanece con el mismo número (72 diputados, ratio : 816 000).
Por consecuencia, los eurodiputados no representan al mismo número de habitantes y el peso de los votos de los ciudadanos de los diferentes países no es similar. Pero un equilibrio debe alcanzarse a fin de no dejar de lado la representación nacional que supone que cada Estado miembro debería disponer de un número mínimo de escaños para enviar un número significativo de parlamentarios que representen en el Parlamento europeo a sus principales corrientes políticas nacionales.
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